Castilla y León flexibiliza los requisitos para solicitar ayudas de la PAC debido a las lluvias de los últimos meses
La Junta adapta ecorregímenes y ayudas agroambientales tras declarar excepcional la campaña agrícola por los continuos episodios de lluvia

La Junta ha publicado una resolución que flexibiliza el cumplimiento de los requisitos para optar a determinadas ayudas de la PAC debido a las adversidades meteorológicas extremas de la presente campaña agrícola. Una campaña que fue declarada oficialmente como excepcional en el último Consejo de Gobierno, tras los continuos episodios de lluvia registrados desde noviembre que han provocado efectos directos sobre las fincas de cultivo.
Ante la imposibilidad de realizar ciertas prácticas agrícolas, la nueva normativa fija diferentes excepciones en el cumplimiento de los ecorregímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal, y en las intervenciones medioambientales y climáticas de desarrollo rural, como son la agricultura ecológica y los cultivos industriales sostenibles.
En el caso de los ecorregímenes, se flexibilizan las prácticas de rotación de cultivos con especies mejorantes y la de siembra directa. En rotación de cultivos, se reduce la rotación obligatoria del 50% al 25% y se permite la rotación con barbecho tras un cultivo de leguminosas. El porcentaje de cultivos mejorantes se mantiene en el 10%, pero el porcentaje de leguminosas se reduce de forma general del 5% al 2,5%.
En la práctica de siembra directa, se reduce el porcentaje de rotación del 40% al 25% de la superficie acogida a la práctica. Igualmente, se permite la rotación con barbecho tras un cultivo de leguminosas en 2025.
Por otra parte, en la intervención de agricultura ecológica, la certificación de la producción obtenida se estimará en función de la media de la zona. En cultivos agroindustriales sostenibles, como la remolacha azucarera, si la siembra es menor al 80% de la superficie de contrato, se deberá presentar una alegación y aportar dos fotografías georreferenciadas posteriores al 15 de marzo con la situación de la parcela donde se preveía la siembra.
La declaración como excepcional de la campaña agrícola posibilita adoptar medidas de apoyo al sector agrario por catástrofe natural grave o fenómeno meteorológico grave que afecta seriamente a la explotación, conforme a la normativa europea, lo que permite establecer el alcance de las obligaciones y criterios de las ayudas financiadas por los fondos FEAGA y FEADER.










