La Junta adapta los horarios de ocio a las demandas del sector y al derecho al descanso vecinal
La nueva normativa flexibiliza la apertura en fiestas y grandes eventos, limita el impacto acústico en zonas saturadas y amplía el horario de las sesiones juveniles

La Junta de Castilla y León ha aprobado una modificación en los horarios de apertura de establecimientos donde se desarrollan espectáculos públicos y actividades recreativas. La nueva Orden, publicada hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León, busca equilibrar los intereses del sector hostelero y el derecho al descanso de los vecinos.
La norma cuenta con el respaldo tanto de la Confederación de Hostelería y Turismo de Castilla y León como de diversas asociaciones vecinales. Una de las principales novedades es que los ayuntamientos podrán decidir, hasta en siete días al año, si amplían o eliminan el límite horario en todo el término municipal, en determinadas zonas o para ciertos eventos, justificado por su magnitud, repercusión o tradición local.
Más flexibilidad para los municipios
Hasta ahora, las ampliaciones estaban limitadas a dos horas en festivos locales y una hora en otros eventos como ferias o festivales. Con esta modificación, se amplía la capacidad de los consistorios para adaptar los horarios a sus necesidades, algo que venían reclamando numerosos municipios de la Comunidad.
Medidas para proteger el descanso
La Orden también introduce limitaciones específicas en zonas acústicamente saturadas para preservar el descanso vecinal. Entre ellas, se establece un mínimo de seis horas de inactividad entre el cierre y la reapertura de establecimientos que combinan diferentes tipos de actividades. Además, se retrasa la hora de apertura los fines de semana y festivos en estas zonas, pasando de las 6:00 a las 7:30 horas.
También se elimina la posibilidad de ampliar media hora el horario durante Carnaval, Semana Santa, verano y Navidad en las zonas con mayor contaminación acústica.
Más tiempo para el ocio juvenil
Otra novedad destacada es la ampliación del horario de las llamadas sesiones de juventud, dirigidas exclusivamente a menores de entre 14 y 17 años. Estas sesiones podrán prolongarse hasta las 23:30 horas, una hora más que antes, tal y como recoge el Decreto 21/2022 de la Junta.
Entrada en vigor y régimen sancionador
La nueva normativa entrará en vigor dentro de veinte días, a tiempo para ser aplicada durante las celebraciones populares del verano. La Junta recuerda que el incumplimiento de los horarios podrá ser sancionado con multas de hasta 6.000 euros, suspensión de actividad o cierre del local durante un año, en base a la Ley 7/2006, de 2 de octubre.










